¿Qué es DEFENSORÍA UNIVERSITARIA?
La Defensoría Universitaria es la instancia encargada de la tutela de los derechos de los miembros de la comunidad universitaria y vela por el mantenimiento del principio de autoridad responsable. Es competente para conocer las denuncias y reclamaciones que formulen los miembros de la comunidad universitaria vinculadas con la infracción de derechos individuales. El Estatuto de la universidad establece los mecanismos de regulación y funcionamiento de la Defensoría. No forman parte de la competencia de la Defensoría las denuncias vinculadas con derechos de carácter colectivo, derechos laborales, medidas disciplinarias, evaluaciones académicas de docentes y alumnos y las violaciones que puedan impugnarse por otras vías ya establecidas en la presente Ley, así como en el Estatuto y los reglamentos de cada universidad.
Referencia: LEY UNIVERSITARIA , Capítulo XVI, Artículo 133
La actuación del DEFENSOR UNIVERSITARIO se desarrolla bajo los principios de independencia, autonomía y confidencialidad
FUNCIONES:
- Es un órgano autónomo, encargado de tutelar y defender los derechos de los miembros de la comunidad Universitaria, frente a actos, hechos u omisiones de las unidades administrativas, autoridades, personal directivo o docentes de la Universidad que lo vulneren y en su función velar por el mantenimiento del principio de autoridad.
DEFINICIONES:
- CONSULTA: Pedir una aclaración con respecto a algún asunto sucedido en el campus universitario con relación a infracciones referentes a derechos individuales.
- RECLAMO: Declaración efectuada por algún miembro de la comunidad universitaria, respecto a algún hecho irregular que contraviene a las normas vigentes de la universidad (Estatuto Universitario)
- DENUNCIA: Declaración formulada por algún miembro de la comunidad universitaria, respecto a la infracción de los derechos individuales.